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Análisis de un Canciller

Principio de Legalidad.

Principio de Legalidad.

Mucho se ha escrito sobre este tema, el logro se encuentra decir lo que no se ha dicho, y escribir donde no hay ríos de tinta siendo concretos. Este escrito se desarrollara en tres partes. El concepto del principio mencionado. Discusiones sobre su aplicabilidad y por último las conclusiones.

 

I. Concepto

Es un principio que tiene como objetivo garantizar la seguridad jurídica por medio de la sujeción de determinados actos al sistema normativo vigente. Entendido como una limitante al poder público, que caracteriza su ejercicio, y una garantía de convivencia, y seguridad para los asociados. [1] Las fuentes de este principio son el Estado de Derecho, que es regido por las normas y no por los hombres, con lo cual se buscaba dar seguridad jurídica a las decisiones que se dictaban con respecto a los asociados, y las relaciones entre los mismos y el soberano. Teniendo como base un procedimiento reglado, al que se debían someter quienes determinaran las sanciones y las cargas, para no caer en la arbitrariedad personal de forma tal que afectara sin justificación a los súbditos[2]. Ahora bien vamos concretar este principio con respecto al derecho administrativo, que es el tema que nos interesa. La función administrativa es entendida generalmente en las cátedras de Derecho Administrativo de las Universidades y por el derecho comparado, como aquella que esta a cargo de las autoridades públicas concebida como servidores públicos, dirigida a la obtención inmediata y completa de los fines del estado bajo el criterio de conveniencia y realidad. El desarrollo práctico de los principios en los que fue pensado el estado se desarrolla por medio de la vía administrativa, contando también con los presupuestos del plan de Gobierno en curso. El consejo de Estado refiriéndose al tema del principio de la legalidad, en la sentencia del 25 de Mayo de 1968 con el C.P: Alfonso Meluk, aclaró” cuando un funcionario realiza un acto administrativo, se presumen de hecho tres indicadores: · Primero: Que el funcionario tiene la facultad para proferir y realizar el acto administrativo.· Segundo: Que el Funcionario cumple con los requisitos establecidos para proferir y realizar el acto administrativo,· Tercero: Que dicho acto vaya dirigido a obtener los fines, por los cuales se reguló la norma. La legalidad se encuentra delimitada dentro de un marco de acción, que comprende en primer lugar la Constitución y las leyes que reglamentan la materia y en segundo lugar los principios, valores y la interpretación jurisprudencial. [3] En Colombia su fuente primaria es la Constitución[4], encontramos en el art. 2º los fines del estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacifica y la vigencia de un orden justo. En el Art. 6º de la misma encontramos una primera limitación con respecto a los servidores públicos “…Los servidores públicos lo son por la misma causa y porOmisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.” Art 84. del C.C.A: Toda persona podrá solicitar por sí o por medio de representante, que se declare la nulidad de los actos administrativos. Procederá no sólo cuando los actos administrativos infrinjan las normas en que deberían fundarse, sino también cuando hayan sido expedidos por funcionarios u organismos incompetentes, o en forma irregular, o con desconocimiento del derecho de audiencias y defensa, o mediante falsa motivación, o con desviación de las atribuciones propias del funcionario o corporación que los profirió. También puede pedirse que se declare la nulidad de las circulares de servicio y de los actos de certificación y registro. Para cerrar con el concepto de este principio decimos, que se presume la legalidad de los actos, hasta que no sea declarada su ilegalidad por el juez competente para ello, porque sino se generaría inseguridad jurídica y la ruptura del Estado de Derecho. Por ende esta misma siendo de hecho y no de derecho, se desvirtúa al lograr establecer que en realidad, no concurrieron los elementos señalados por el ordenamiento para el nacimiento del acto[5]

 

II. Discusiones sobre su aplicabilidad.

 

El primer inconveniente surge al tratar de diferenciar en la práctica, la diferencia entre facultad discrecional y la arbitrariedad. Pues en algunos casos para los ciudadanos no es visible su diferencia cuando un policía impone una multa de transito, o un alcalde decreta ley seca con respecto a ciertos bares y exime a uno de ellos. ¿Qué estará pasando? o ¿Cómo delimitar las decisiones discrecionales de la administración? Potestad discrecional se sigue de la autorización legal que otorga facultad a la administración de realizar juicios de valor, para cumplir con los fines estatales.[6] El Consejo de Estado lo ha declarado como la facultad de la administración de abstenerse o de adoptar determinada decisión. Sala de Consulta y Servicio Civil, en la Sentencia del 22 de octubre de 1975 con C.P: Luís Carlos Sachica, El Consejo de Estado. Sala se lo contencioso administrativo. Sección 1ª en la sentencia 3 de diciembre de 1975 menciona “siempre los actos discrecionales, tienen control sobre la jurisdicción contencioso administrativo porque se deben apreciar las circunstancias de hecho, oportunidad y convivencia, de acuerdo con las finalidades de la función pública. Estoy de acuerdo con el doctrinante Ramón Fernández, quien delimita esta clase de decisiones bajo tres postulados, para que sean conforme a la ley y no se pasen al campo de la arbitrariedad subjetiva del funcionario público guiado por sus intereses personales y no por el interés y bien común de la nación según las circunstancias de hecho. Estos son: · Primero; Argumentos que la justifiquen, los cuales deben ser acorde con la realidad. · Segundo: Las razones deben ser coherentes entre ellas. · Tercero: Deben corresponder materialmente a lo que se decida. [7] Resuelto el primer interrogante nos da paso al segundo ¿Realmente este principio es aplicable, o es uno de tantos que han quedado en letra inerte?, como el artículo 22 de nuestra Carta Política. La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.

Pues bien sabemos, por el concepto los márgenes en los que se deben situar los actos administrativos para tener validez. “Lo vemos en la práctica por ejemplo en las resoluciones que emite la Superintendencia de Servicios Públicos en el sentido de imponer sanciones a las empresas por la ocasión de la configuración del silencio administrativo positivo. Estos actos administrativos se atacan en el sentido de que por las presuntas violaciones a la disposición que acoge esta figura - articulo 158 de la ley 142 de 1994 - se imponen sanciones a las empresas, pero que al no acoger el principio de legalidad respecto al entendido de exigir requisitos mas allá de los estipulados en los artículos 44 y 45 del Código Contencioso Administrativo en materia de notificación de las decisiones empresariales se imponen sanciones fundamentadas en requisitos no establecidos en el ordenamiento jurídico Colombiano, y en consecuencia ampliando el espectro de aplicación de las normas en cita cuando el legislador delimita claramente en el texto de las mismas lo exigido para estos procedimientos, exponiendo con esto que se expiden estos actos sanción respecto a la aplicación extensiva de normas expedidas por el legislador e incumpliendo totalmente la aplicación del principio de legalidad.

Por lo anterior, al encontrar fundamento la sanción en la indebida aplicación e interpretación de la norma del Código referido, el acto administrativo de vigilancia y control de los servicios públicos domiciliarios, no revisa o tiene en cuenta los limites impuestos por el principio de legalidad en los artículos 44 y 45 del CCA, por cuanto como se expresó anteriormente le adiciona requisitos a estos procedimientos de notificación. En consecuencia, sancionar con fundamento en lo anterior, dicha sanción debe declarase nula por el juez competente porque contraría el principio de Legalidad”.[8]

Ahora bien, la jurisprudencia ha sido vehemente y cuidadosa en la aplicación real y material del principio de legalidad, por ello es importante traer a colación lo dicho en sentencia C-593/05 con el M.P: Manuel José Cepeda, en la que se aclaro que quien tiene la competencia para expedir normas restrictivas de las libertades y los derechos de los ciudadanos es al Congreso de la Republica, por ende las ordenanzas departamentales no pueden exceder el límite que ha sido establecido por el legislador, ni comparar estas ultimas al mismo nivel que las normas dictadas por el órgano legislativo. Para concluir este cuestionamiento nos remitimos a la Tutela 532 de 1998 con el M.P Antonio Barrera. Se presenta un caso en el cual una mujer que es servidora pública es trasladada por acto administrativo, a otro municipio, el cual queda a mayor distancia de la residencia se la señora. El problema consiste en que la mencionada se encuentra en estado de embrazo y ese recorrido diario puede generarle un aborto. Razón por la cual se presenta una acción de tutela que es fallada a su favor, en consideración al derecho fundamental del trabajo en condiciones dignas de vida y salud. También hubiera podido llevar un proceso ante el contencioso administrativo, en razón de que el acto administrativo proferido, contrariaba una norma superior. Pero por razones de tiempo de resolución prefirió entablar una acción de tutela.

 

III. Conclusiones.

  • La misión del principio de legalidad es garantizar seguridad jurídica a los asociados, mediante la sujeción a las normas superiores, leyes, principios, valores e interpretación jurisprudencial.
  • La discreción administrativa, debe ser motivada, con argumentos que sustenten la conexión entre los hechos, la norma que determina su campo de acción y el bienestar común.
  • La discreción administrativa siempre será objeto de control de la jurisdicción contencioso administrativa.
  • El principio de legalidad, no es un derecho inerte de nuestra legislación, pues se hace efectivo, tanto al limitar a los funcionarios en el ejercicio de los actos administrativos, como al dar oportunidad a los ciudadanos y a los funcionarios de defenderse de los mismos.

Francisco José Acevedo Caicedo.

 

Bibliografía.

 

· Alejandro Nieto. Estudios Históricos sobre la administración y el Derecho Administrativo. Madrid. Instituto Nacional de la Administración Pública.1986.

  • Santofimio Gamboa. Principio de Legalidad, Tratado de Derecho Administrativo. Tomo II. Edición 4ª. Universidad Externado de Colombia.
· José Antonio Garcia-Trevijano Fos. Tratado de Derecho Administrativo.1968. Madrid. Revista de Derecho Privado. · Libardo Rodrigez. Derecho Administrativo General y Colombiano Décima Edición. · Ramón Fernández. De la Arbitrariedad. Madrid, Civitas. 1994.
  • Tutela 532 de 1998 con el M.P Antonio Barrera
  • C-593/05 con el M.P: Manuel José Cepeda
  • Consejo de Estado. Sala se lo contencioso administrativo. Sección 1ª en la sentencia 3 de diciembre de 1975.
  • Consejo de Estado Sala de Consulta y Servicio Civil, en la Sentencia del 22 de octubre de 1975 con C.P: Luís Carlos Sachica.
  • Consejo de Estado Sentencia del 25 de Mayo de 1968 con el C.P:
· Concepto del Abogado José Gregorio Mojica. Especialista en Derecho Administrativo.


[1] Alejandro Nieto. Estudios Históricos sobre la administración y el Derecho Administrativo. Madrid. Instituto Nacional de la Administración Pública.1986.
[2] Santofimio Gamboa. Principio de Legalidad, Tratado de Derecho Administrativo. Tomo II. Edición 4ª. Universidad Externado de Colombia pag 37.
[3] José Antonio Garcia-Trevijano Fos. Tratado de Derecho Administrativo.1968. Madrid. Revista de Derecho Privado.
[4] Santofimio Gamboa. Principio de Legalidad, Tratado de Derecho Administrativo. Tomo II. Edición 4ª. Universidad Externado de Colombia Pág. 40
[5] Libardo Rodrigez. Derecho Administrativo General y Colombiano Décima Edición; Santofimio Gamboa. Principio de Legalidad, Tratado de Derecho Administrativo. Tomo II. Edición 4ª. Universidad Externado de Colombia Pág. 55
[6] Santofimio Gamboa. Principio de Legalidad, Tratado de Derecho Administrativo. Tomo II. Edición 4ª. Universidad Externado de Colombia pag 46
[7] Ramón Fernández. De la Arbitrariedad. Madrid, Civitas. 1994
[8] Concepto del Abogado José Gregorio Mojica. Especialista en Derecho Administrativo.

El Presidente Bush de paso por Colombia

El Presidente Bush de paso por Colombia

Bueno quiero aclarar que para analizar este asunto vamos a referirnos al artículo publicado por de la Revista Semana 05/03/07, titulado A qué viene el Presidente”. Sin limitarnos al mismo.

En primer lugar, es conveniente aclararle al autor de mencionado artículo, que México no es un país situado en Latinoamérica, visto desde el punto de vista geográfico.

Segundo el problema que se plantea en el artículo, es ¿cómo están tomando las noticias del tema de la Para-Política, el Gobierno, el Congreso y los medios de comunicación de EE.UU.?¿Qué consecuencias puede generar la perspectiva anterior, con respecto al Plan Colombia y al TLC?. Y ¿ Qué consideraciones debe reconocer la política EU.?

Como tercer asunto responderemos a una cuestión, que a mi juicio, le ha quedado velada al autor de “A qué viene el Presidente”, que es la solución a este interrogante.

Ahora bien el gobierno del Presidente Bush ha sostenido notoriamente una política, de interacción y cooperación estable con el actual gobierno colombiano, como lo hicieron sus antecesores Clinton y Pastrana respectivamente. En donde asuntos como la Para-Política no creo que lleguen a afectar sus relaciones de forma directa puesto que tienen intereses retroalimentados, como lo son las bases militares, por la ayuda económica, por mencionar uno.

La representación del congreso de EE.UU. cambio la favorabilidad sus mayorías, pasando al lado de los Demócratas, quienes tienen la intención de realizar un seguimiento mas detallado al proceso de la desmovilización de las Autodefensas colombianas. Razón por la cual la presidenta de este órgano, ha reunido a ciertas ONGs de derechos humanos, para que analizar este proceso. Y demostrar ante la comunidad internacional que realmente esperan un proceso de paz claro y sin vicios ocultos. Como también algunos de sus congresistas de han pronunciado en concordancia con la intención de solidez estatal.

No por esto, se da lugar para mencionar “que los congresistas se van a voltear, o no continuaran apoyando” como lo dice el texto al que hacemos referencia. Aun así el Gobierno Colombiano no se puede descuidar, y debe enviar delegaciones con el fin de aclarar y dar fortaleza sobre la situación colombiana a los congresistas de E.U, y otros países, como también a las organizaciones internacionales.

Los medios de comunicación, han dado publicidad al tema de la Para-Política mediante términos como Para-Gate que alude a un pequeño escándalo que se ha gestando poco a poco hasta las grandes esferas” o por otro lado el video Colombia clean. Los cuales de manera directa o indirecta influyen en la opinión crítica del pueblo.

Las consecuencias que estos factores anteriores pueden generar, mas en este momento se refieren al TLC y al Plan Colombia con respecto a que se demore su aprobación o su continuidad.

Ahora bien el punto central es a que viene el presidente estadounidense, primero su gobierno tiene muy en cuenta que Colombia es estratégica en una región donde se esta concentrando un pensamiento político disidente de sus actuaciones sobre América Latina, Irak y Afganistán.

Entonces dado con los Gobiernos Uribe – Bush tienen buenas relaciones, se reúnen para plantear que estrategias van a utilizar tanto con los medios de comunicación como en el órgano legislativo, para dar continuidad al Plan Colombia o modificarlo y dar noticia de los resultados del proceso con las autodefensas como es la desmantalaciòn de la posible infiltración en el congreso colombiano.

Con respecto al TLC, hay que aclarar a la opinión que EE.UU., no puede cambiar las cláusulas, puesto que la etapa negocial ya culmino. Lo que puede acontencer es que se establezcan reservas, interpretaciones de las cláusulas o modificaciones, que no cambien sustancialmente el objeto del tratado.

Si Estados Unidos pretende aprobar el TLC con Colombia, en principio es por razones de protección a su industria “Según algunos de sus senadores”. Razón por la cual desestimo la opinión de la noticia que afirma que posiblemente no lo aprobaran por la situación política que se presenta en Colombia.

Francisco José Acevedo Caicedo

Bienvenidos a mi Blog

Pues bien este es proyecto para compartir ideas con los lectores de este espacio, en busca de un consenso sensato, real y académico, que nos lleve a plantear soluciones viables para una nación en desarrollo, partiendo de las circunstancias de la historia, circunstacias actuales, las necesidades vigentes nuestro país, como mecanismo para utilizarlas en la via internacional.

  

PERIODO ENTREGUERRAS

 

Para analizar las consecuencias, y el manejo de los estados después de la primera guerra mundial es preciso tener en cuenta ciertos antecedentes que provocaron un separación  fuerte entre la Europa de la época dominada fuertemente por Alemania frente al resto de países europeos en donde los primeros gozaban de mayor tecnología bélica y científica en general y en su deseo de fundar un imperio que seria dirigido por el káiser alemán.

Esta política provocó diferencias con el resto de países europeos y las casas de hidalguía social y política, quienes vieron comprometidos sus intereses económicos y regionales ante la aptitud imperialista alemana para lo cual es preciso tener en cuenta a manera informativa las preocupaciones de la casa Austria-hungria frente a los prusianos y alemanes alimentados todos estos matices con la influencia judía de fuerte arraigo capitalista en todo Europa y especialmente en Polonia.

Las corrientes opositoras a las corrientes alemanas provocaron la segunda guerra mundial en donde Alemania invadió a sus países vecinos, persiguiendo especialmente a los judíos, no tanto por el factor racial, si no porque el grupo judío en cada país constituía el elemento comercial y económico fuerte que más se le oponía a las pretensiones alemanas simbolizadas en su afán comercial y político dominante, con lo que Alemania esperaba ser la potencia económica y política del momento, en contra posición  a los Estados Unidos quienes rivalizaban fuertemente en contra de las pretensiones comerciales y bélicas de Alemania, alimentando a los países que constituían los presuntos enemigos de Alemania.

En el desarrollo de la guerra U.S.A intervino en contra de Alemania, a mi juicio porque el resto de Europa constituía para Estados Unidos un mejor campo de acción comercial y por cuanto en esos países no había uno que tuviera su potencial ni bélico ni económico y era preciso contribuir a la derrota de Alemania como único país que le podía representar una oposición fuerte a sus intereses.

Además de los tratados de Versalles y Munich y el debilitamiento militar y económico de Alemania aparecen como consecuencias de la primera guerra mundial nuevos estados con importantes cambios en las fronteras que se establecieron políticamente sin tener en cuenta condiciones étnicas y culturales, la destrucción del imperio de los Habsburgo, el desarme de Alemania, la guerra civil rusa, produjo un caos en Europa lo que motivo la revisión de los tratados propuestos y la constitución de una alianza militar capaz de mantener el orden en toda Europa, lo que obligo a los países incluida Alemania a vincularce a la liga de las naciones en 1926 para terminar en un acuerdo de desarme mundial.

 

No obstante las buenas intenciones de la dirigencia política internamente en cada país se presentaron movimientos antiparlamentarios y revolucionarios tanto de izquierda como de derecha que se fortalecieron después de la guerra, apareciendo en Rusia con su revolución la internacional socialista que se insistiría en imponerla a nivel mundial

En Alemania se presentaron levantamientos armados y disturbios públicos con apariencia de guerra civil hasta su recuperación económica de 1924, Gran Bretaña sufrió una huelga general gravisima en 1926, Irlanda tuvo guerra de guerrillas encontra de las fuerzas armadas inglesas lo que hizo que Irlanda quedara bajo el poder del gobierno británico.

Todo esto produjo una situación  mala y depresiva en Europa con fuerte desempleo  hasta que después de los años 1933, Alemania se estabilizo cundo fue nombrado Adolfo Hitler tomando el liderato militar y financiero por cuanto los Restantes países continuaban en caos político. No obstante se empieza a vislumbrar un nuevo sistema político que se ha de conocer con el nombre de nacionalismo con serias manifestaciones no solamente en Alemania sino también en Italia  y en el Japón con su política de expansión imperialista oponibles a la concepción democrática que igualmente comenzó a tener vigencia en el resto de países de Europa especialmente.   

Hasta ahora  he hablado de aspectos generales del periodo entreguerras pero realmente que fue lo que paso? después de la primera guerra mundial  Europa se quedo muy desbastada en los aspectos financieros políticos y sobretodo morales, porque quien no queda mal después de haber perdido?  hay un dicho: que en una guerra nadie gana y todos pierden para cuando acabo esta guerra a Alemania se lo llevo el que lo trajo porque  tuvo que firmar unos acuerdos en su mayoría impuestos por Estados Unidos en lo que no le fue muy bien porque quedo limitado tanto política, militar y económicamente, y por el estilo los países que “perdieron”, pero me pongo a pensar y  una cosa a quien le gusta que encima de perder se la monten para que le quiten le que le sobra y la respuesta es que a nadie

Entonces al plantear al problema que sí los acuerdos de paz se garantizaron efectivamente celebrados entre la entreguerras una estabilidad económica para los países participantes; en la primera guerra yo diría que un 40%  Si y el otro 60%  No,  Si porque durante unos años del 19 – 39 aproximadamente se “logro” mantener la paz, pero también digo que No  con un mayor porcentaje porque la paz no se logro en su totalidad.

Pero ese tipo de paz  no me convence de a mucho, porque durante esa paz en los países europeos existieron guerras entre guerrillas,  enfrentamientos civiles, revoluciones, huelgas como quien dice algo muy parecido al proceso que lleva  en  sur América y más que todo nuestra patria.

Pero  esto como se arreglo  años atrás en Europa? “ con una buena política” entre otras cosas porque no fue la única causa como esta sucediendo en esta etapa colombiana.

 Pero retomando nuestro tema principal  estabamos  en que surgieron nuevas políticas digamos en Alemania con Hitler, Italia con Mussoline que fueron políticas bazadas en el totalitarismo que fueron arreglando la situación civil presentada en sus países en los cuales no  había paz.

No había unas condiciones económicas buenas y sobre todo la gente estaba inconforme, pero sobre todo había un resentimiento nacional por los tratados realizados por U.S.A y firmados por estos países.

Y para resumir mas todo lo anterior los países se fueron recuperando y armando nuevamente bajo los sentimientos y condiciones dichas anteriormente se formo como consecuencia del periodo entreguerras se formo el bien llamado “segunda peñea mundial” en el cual U.S.A  vuelve a ingresar  al igual que en la primera por sus interés políticos, económicos y sociales.

Pero de todo lo sucedido en esos periodos de guerras hay una razón muy importante que surge y al mismo tiempo he demostrado un paralelo muy general  entre esa época y nuestra época actual en Colombia, la que  estamos viviendo una situación de guerra de guerrillas, problema con narcotrafico, corrupción en contra la población civil, igual que paso en Europa en el periodo de entreguerras  y hay una pregunta muy importante ¡ Será que nos tenemos que seguir matando durante años para  terminar muy mal  y así poder lograr llegar a una “cultura social” como la  que tienen países Europeos en la actualidad y cuanto nos demoraremos antes de aceptar que nos estamos acabando?

                       

                Francisco José Acevedo Caicedo

BIBLIOGRAFIA

 

                        HISTORIA UNIVERSAL. Fascículo del Tiempo. Número 6. Pag 244 - 247

                        HISTORIA UNIVERSAL. Fascículo del Tiempo. Número 7. Pag 227 - 231

                        HISTORIA UNIVERSAL. Fascículo del Tiempo. Número 8. Pag 233 – 237

REPORTAJE DE LA HISTORIA. Tomo. Número 3. Pag 272 – 287

REPORTAJE DE LA HISTORIA. Tomo. Número 3. Pag 312 – 321

 

Sabiduría, Honor y Firmeza que Ligan al Colegio Mayor De Nuestra Señora Del Rosario en la Historia de la Nación y sus Porvenires.

Sabiduría, Honor y Firmeza que Ligan al Colegio Mayor De Nuestra Señora Del Rosario en la Historia de la  Nación y sus Porvenires.

Recordar la historia no solo es anhelar el pasado, revivir acontecimientos que ocurrieron en un tiempo ya evocado, de emociones conjuntas, de antecesores que han dejado un legado. 

 

Grandes historiadores han dedicado su trabajo a profundizar los hechos de la historia, esclareciendo y revelando verdades, que con anterioridad o se habían omitido o se habían visto desde otros puntos conformando diferentes conclusiones. Teniendo en cuenta el esmero de estos investigadores, no es mi intención que el escrito que presento  a continuación  sea objeto de comparación.

 

Con la evolución de la civilización entendiendo está no como una mejora o desmejora sino como un cambio, la innovación de la ciencia, la posibilidad de la comunidad mundial de acceso a la tecnología, los parámetros con los cuales se guía la sociedad  tanto orgánica como dogmáticamente van girando su rumbo paulatinamente conforme a las necesidades y requerimientos de la población. 

 

Pero esto no significa un cambio radical y absoluto de los valores y principios que encauzan al camino del desarrollo, durante el transcurso cotidiano en el ámbito ciudadano. Porque estos deben ser  protegidos, conservados  y preservados en la nación.

 

Cito las palabras del Padre Germán Dario Acosta, Capellán de la Quinta de Mutis, en la misa de los grados de diciembre de 1991, para fundamentar el desarrollo de este trabajo. 

 

En  la  homilía dijo:

 

“ Amigo es aquel con quien uno puede pensar en voz alta. Jóvenes bachilleres: quisiera que me permitirán llamarlos amigos. Voy a pensar en voz alta para expresarles  mi sentir profundo. Escúchenme como al amigo”

 

Mas adelante Dice 

 

“ Ser distintos en un mundo donde la ética de la conveniencia y la ley de la jungla nos lanzan a una competencia despiadada, significa romper con la lógica del odio y del egoísmo, significa vivir en función de lo fraterno, de lo comunitario” 

 

 

A medida que el hombre palpa la apariencia del mundo, le surge la pregunta del porque

de las cosas, de la razón viva que le da ánimo y continuidad a los sistemas existentes. El Colegio Mayor De Nuestra Señora Del Rosario desde su fundación se ha destacado por la lealtad  con el país, mediante la actuación de lideres.

 

Bien sea en el ámbito privado o público teniendo como prioridad el bienestar general, pensando en metodologías que produzcan, efectividad en el presente inviertan para el futuro y preserven la cultura tradicional de la nación.

 

Valores insignias del Colegio Mayor De Nuestra Señora del Rosario.

 

 

 

Para reconocer estos valores, hay que pensar en el legado de nuestro fundador, acoplándolos a la época actual. Fray Cristóbal De Torres quiso a sus hijos espirituales  dotados al menos de cuatro atributos: Católicos, Tomistas, Patriotas, y Caballeros.[1]

 

Entendiendo estos valores con la realidad actual en que gira el mundo y en especial nuestro país. Es fundamental conocer la historia, tradición e influencia que tiene el Colegio Mayor De Nuestra Señora del Rosario, también es de vital trascendencia reconocer los principios de la comunidad porque estos no  solo se han manifestado en el pasado, sino que son las bases que marcan los pasos del presente y del futuro de las nuevas generaciones. 

 

En primer lugar: encontramos la expresión “Católicos”.

 

Es cierto que la época en que el fundador lo pensó era diferente a la actual, en la constitución de 1991 Colombia no se declara como un país de religión Católica, sino que admite la libertad de culto[2], pero también es cierto que el Colegio no estipula a  sus integrantes que deban profesar está religión.

 

Pero si conserva y respeta su tradición, lo cual es otro valor muy importante,  antes que nada es un Colegio fundado a la veneración de Nuestra Señora del Rosario                       ”La Santísima Virgen”.

 

 

En honor a Fray Cristóbal De Torres recordando el cargo que desempeño como Arzobispo de Santa Fe, existe el cargo de rector honorario a quien sea el arzobispo de Bogotá, actualmente es monseñor Pedro Rubiano, quien se encarga de presidir las ceremonias mas importantes como la consagración de Colegiales y del Rector, mas no tiene participación directa en la dirección del Colegio Mayor de Nuestra Señora Del Rosario.

 

 

Además que este Colegio Mayor le da preponderancia a la religión Católica acompañada de su doctrina y sus actos solemnes en conmemoración a Dios.Ante una persona que no sea creyente ni practicante de esta religión, se le debe preguntar:

 

¿ Si respeta  y tolera a las personas que son creyentes con sus respectivos actos. Si acepta la conservación del orden jerárquico. Si tiene capacidad de actuar por el prójimo como quisiera que se actuara frente a él?

 

Si estas preguntas fueran afirmativas, porque no aceptar a esta persona en esta comunidad, si respeta las normas básicas de convivencia que infunde esta religión, ¿no sería este un acto de tolerancia hacía el prójimo, además no sería un ejemplo para la cultura y proceso de paz en nuestra nación.?           

 

En segundo lugar encontramos la palabra “Tomistas”.

 

Por esta se entiende la constante búsqueda de la verdad  por medio del conocimiento, con ciertos fundamentos de gran impetud, como por ejemplo:

 

 

Dios da al hombre la razón, pero para comprenderla se debe atender que existen cosas verdaderas que  conocen solo los seres humanos. Lo moralmente correcto es una de ellas y esta se alcanza mediante primero la revelación divina, en la cual no cualquiera puede acceder a la verdad, solo un individuo virtuoso puede acceder a ella.

 

Al referirse a un Individuo virtuoso se remonta al “ Ser virtuoso de Platon”, el cual dice que los valores verdaderos existen independientemente que los conozcamos o los cumplamos, son valores básicos de la vida social, que hacen que un hombre sea virtuoso los cuales son: el Coraje, la Sabiduría, la Templanza, la Verdad, la Justicia y la Honestidad.[3]    

 

Segundo: mediante la razón especulativa esto quiere decir que utilizando  el mecanismo de la reflexión, introspección, se llega a la verdad necesaria con determinado procedimiento. Y tercero mediante la razón practica, que es la que se ocupa de las acciones humanas, porque las acciones humanas se basan en permitir, prohibir y obligar. Para Santo Tomas la obligatoriedad es de gran importancia, ya que esta garantiza la obediencia para preservar el orden establecido.  

 

Entonces al proclamar tomista como valor rosarista, se refiere al deber arduo por la investigación, el coraje por la búsqueda del condimento mediante el estudio con aplicación de este, con el objetivo prosperar hacia la sabiduría que es la ordenación de la razón y no del capricho.

 

He aquí un gran valor que se fomenta en este Colegio Mayor, porque un Rosarista sobresale  ante el mundo por sus logros, y triunfos, sin necesidad de buscar protagonismo, si no por los hechos que con certeza demuestran su vocación por el trabajo.    

 

 

En tercer lugar Fray Cristóbal de Torres cita el atributo del “ Patriotismo”.

 

A diferencia de los otros valores, para los cuales se dijo que se vieran dos sentidos, primero según como el fundador los penso en la época en que vivía y segundo acoplándolos a la actualidad. Este se le debe ver en un solo sentido.

 

Dado que nuestro fundador fue un visionario, cuando hace referencia al atributo del patriotismo, debemos ver cual es la evolución de esta palabra, para eso hay que remontarnos en principio a Patria que significa conjunto de personas que están asociadas entre sí de corazón con voluntad de una nación.

 

Después seguiría Patriota que es la persona que tiene amor por la patria y procura serle útil. Ahora si podemos entender la figura del patriotismo que es el amor por la patria, devoción a su suelo y  a sus tradiciones, a su defensa e integridad.  [4]

 

Este es un distintivo que ha destacado  al Colegio Mayor De Nuestra Señora del Rosario,  desde las ideas de Independencia de la Patria  teniendo  como continuidad  que el amor por la Institución comienza en el respeto por la tradición y los actos que   la ameritan.

 

Se refleja en el orgullo que se siente cuando se hace referencia de la importancia que tiene esta institución en el País, desde su fundación ha formado y sigue haciendo con esmero y dedicación, esforzándose para ser  lideres con parámetros de excelencia y superación  a la nación.

 

Los cuales no terminan su labor por el aprendizaje, no cumplen una sola misión, sino un arduo trabajo, se preparan en nuevos campos y refuerzan los anteriores para contribuirle a los compatriotas no como una obligación sino como un deber con la población en desarrollo.

 

Un Rosarista conoce el significado del Honor, de su intachable Reputación, la Dignidad la Moral que esta acarrea tanto con el Colegio, como con el mundo, contando con la Firmeza y Honestidad que conllevan sus decisiones, porque conoce el proceso y efectividad que estas contienen.      

 

Inclinación a conservar y talento para mejorar, he ahí un verdadero hombre de Estado. 

La Herencia es el Legado Histórico, al cual se le debe respeto, porque es el resultado de la transferencia que realizan unas generaciones a futuras generaciones.[5]  

 

 

En cuarto lugar Fray Cristóbal de Torres habla de ser “Caballeros”.

 

Bueno teniendo en cuenta que cuando se fundo este Colegio Mayor, la admisión era exclusivamente para hombres, con ciertas condiciones como lo estipulaban las Constituciones con respecto a las informaciones, sistema que culmino en 1826. 

 

Que consistían en la limpieza de sangre y nobleza. Este sistema establecía primero que los padres del estudiante fueran casados por lo católico, segundo que el hijo sea del legítimo matrimonio, tercero que se pedían tres testigos que certificaran el matrimonio cuarto se solicitaban que cuatro generaciones se hubieran casado por lo católico y que los padres emplearan oficios dignos.  

 

Pero dada la situación actual en donde las Mujeres están en igualdad de derechos que los Hombres, para que no haya discriminación entre géneros. A mi forma de ver es lo más conveniente con respecto a este atributo hablar de Damas y de Caballeros, no en juicio literario o subjetivo sino de manera objetiva y concisa.

El articulo 16 de la Constitución Política de Colombia dice: Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin mas limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.

 

Mas no por esto se debe obviar la educación y comportamiento de los integrantes del Colegio Mayor de Nuestra señora del Rosario. Al encontrase dentro de una comunidad esta tiene la capacidad de establecer normas de convivencia en primer lugar para conservar el orden privado y en segundo lugar para resaltar el cumplimiento de la armonía que esta debe predicar.     

 

Ser Caballero no es ser anticuado o pasado moda, tampoco es el hecho de ser machista o discriminante con otros seres humanos, por el otro lado una Dama  no es la mujer, sumisa, sin personalidad, sin identidad social.

 

Estos son tabúes o mitos los cuales carecen de certeza, se han creado en contra de la educación de las personas por parte de aquellas que nos son capaces de tener la más mínima educación y respeto hacia los demás, sin contar con que se sienten aislados por una sociedad que se guía por ciertos paramentos de convivencia y esta es la razón de su intención para socavar con las buenas costumbres establecidas en sociedad.

 

 

A grandes rasgos sin querer establecer una regla general, rígida e inflexible, si no señalar ciertos parámetros como hechos notorios se dice que: una  dama es una mujer que siempre tiene presente su feminidad, discreta, inteligente, sabe controlar las situaciones de la vida diaria, cuida su vocabulario. Un caballero es un hombre respetuoso y atento con las mujeres niños, ancianos, diplomático, cuida su vocabulario, conserva su honor junto al de sus antecesores, no se entromete en asuntos que no le corresponden.  

 

Esos son algunos rasgos, no se sugiere un vuelco a siglos anteriores, que se repitan los errores que se cometieron en aquellas épocas, porque si la sociedad ha dado cambios hacia el reconocimiento y respeto por los derechos de los seres humanos, estos no pueden ser menospreciados.

 

¿Pero si una solución posible para armonizar las conductas de los hombres en sociedad es observar los valores, principios de los antepasados para el respeto mutuo porque no hacerlo? Si el resultado es favorable en miras al reforzamiento de los derechos ya descubiertos.

 

La Comunidad Rosarista en el transcurso de la vida Republicana se ha caracterizado frente a millones de personas, por su serenidad, respeto, educación, acción a favor de las buenas costumbres de sociedad.

 

Este fue uno de los atributos del Fundador, seguramente aspectos externos, actos o costumbres modificaran su trayectoria en el tiempo, la apariencia podrá variar pero la esencia es la misma se relucirá en las generaciones Rosaristas.   

 

 

 Francisco José Acevedo Caicedo

 

 

 

 

 

Bibliografía

 

 

 

 

·        El Colegio del Rosario Cuna de la República. Antonio Gomez Restrepo Revista del Colegio Mayor del Rosario, Número 260

 

 

 

·        Breves Notas Sobre el Colegio Mayor De Nuestra Señora Del Rosario. Nestor Raúl González, Revista del Colegio Mayor del Rosario, Número 556. 

 

 

 

·        La Fuerza de La Distinción. Padre Germán Dario Medina Acosta. Homilía grados 1991 Quinta de Mutis Revista del Colegio Mayor del Rosario, Número 556

 

 

 

·        Ley de Honores al Colegio Del Rosario. Patricia Alvarez Rojas. Revista del Colegio Mayor del Rosario, Número 557

 

 

 

·        El Espiritu Rosarista es cuestión de liderazgo. Diego Molano Aponte. Revista del Colegio Mayor del Rosario, Número 557 

 

 

 

·        Pequeño Larousse Ilustrado. Edición 1991. pag 777- 778

 

 

 

·        Reflexiones sobre la Revolución Francesa. E. Burke. 1790

 

 

 

·        La república. Platón  

 

 

 

·        Constitución Política de Colombia.

 



[1] Nestor Raúl González. Revista Nova et Vetera. Edición 556. Breves Notas Sobre la Historia de este Colegio Mayor de Nuestra señora del Rosario. Pag 71 

[2] Constitución Política de Colombia. Art19.

[3] La república. Platón

[4] Pequeño Larousse ilustrado.1991. pag 777- 778

[5] Reflexiones sobre la Revolución Francesa. E. Burke. 1790